Son órganos esenciales del Colegio la Junta General, la Junta de Gobierno, y el Decano. Formando parte de la Junta de Gobierno existirán al menos los siguientes puestos: Decano, Vicedecano, Secretario, Vicesecretario, Tesorero, Interventor y al menos cuatro vocales.
Es el órgano superior de expresión de la voluntad del Colegio en el que están representados todos los colegiados. Sus acuerdos, adoptados con arreglo a los presentes Estatutos, serán de obligado cumplimiento para todos los colegiados.
Corresponde a la Junta General:
La Junta de Gobierno es el órgano representativo y ejecutivo al que corresponde el gobierno del Colegio y estará compuesta por el decano, vicedecano, secretario, vicesecretario, tesorero, interventor y al menos cuatro vocales. El número de vocales podrá ser ampliado por la Junta General, a propuesta de la Junta de Gobierno, incorporando a las personas que esta Junta de Gobierno designe, debiendo ser ratificadas en Junta general ordinaria, debiendo concurrir, si así lo deciden, en las siguientes elecciones.
El funcionamiento y competencias de la Junta de Gobierno vendrán regulados por los presentes Estatutos del Colegio, sin perjuicio de que la propia Junta se dote de un reglamento de funcionamiento.
Corresponde a la Junta de Gobierno la dirección y administración del Colegio, para el cumplimiento de sus fines, en todo aquello que de manera expresa no compete a la Junta General.
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